1. Mujeres embarazadas:
En el caso de mujeres embarazadas deberan informar al transportador o
aerolinea sobre su estado, aunque este no sea evidente, y sobre el
tiempo de gestacion. Asi mismo deberan firmar la carta de exoneracion de
responsabilidad a favor de la aerolinea, en la que consta que el vuelo
se realizara bajo su propia responsabilidad y riesgo en lo que respecta a
los posibles daños que puedan surgir en relacion con el embarazo.
Despues de los 7 meses de gestacion, las mujeres embarazadas deberan
presentar una autorizacion de su medico tratante, expedida 48 horas
antes de la iniciacion del vuelo y en la que se especifique de manera
clara que pueden viajar via aerea y que dicho transporte no implica
riesgo para la mujer y su bebe.
2. Personas enfermas:
Se aplicará a los establecimientos privados de asistencia médica que presten servicios de
traslado de enfermos a centros hospitalarios o médicos para su atención, u otro lugar,
tanto en situaciones de emergencia médica como en las que no la constituyan. Dichos
establecimientos podrán pertenecer a centros asistenciales u hospitalarios o conformar un
servicio independiente que brinde esta sola prestación.
Al ingresar la solicitud deberá presentar la siguiente documentación:
1. Nombre, dirección y teléfono del establecimiento
2. Individualización, Rut y domicilio del propietario y, respecto de las personas jurídicas,
los mismos datos de su representante legal y documentos que acrediten la
personalidad jurídica y personería de éste.
3. Documentos que acrediten el dominio del inmueble o del derecho a usarlo por el
peticionario.
4. Identificación del director técnico responsable con copia de su certificado de título
legalizado y horario de trabajo.
5. Especificación de los elementos y material con que cumplirá su servicio; ambulancias
con su respectivo equipamiento; equipos de comunicaciones, etc. En caso de
tratarse de un servicio con clientes afiliados, el material y equipos con que cuente
deberá ser suficiente para cubrir la demanda potencial contratada.
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6. Planta de personal de médicos y enfermeras con que funcionará con sus horarios
de trabajo y sistema de turnos.
7. Libros foliados (2), que serán timbrado por la Autoridad Sanitaria (de sugerencias y
reclamos de los usuarios; e inspección)
8. Indicar tipo de servicio que desea prestar especifique los elementos y material con
que cumplirá el servicio: ambulancias con su respectivo equipamiento, equipos de
comunicaciones, etc.
9. Comprobantes que acrediten el abastecimiento de agua potable, luz eléctrica y alcantarillado.
10. Carta donde se indique objetivo y campo de acción
11. Fotocopia legalizada de los certificados de titulo / competencias del personal profesional
y técnicos
12. Tramitar solicitud de Botiquín
Los establecimientos de traslado de enfermos podrán prestar servicio de transporte sanitario
simple o avanzado, o de ambas clases. Para conocimiento de sus usuarios, deberán
señalar en forma clara en sus avisos publicitarios, en su establecimiento y en las ambulancias
con que lo llevan a cabo, el tipo de servicio que ofrecen.
1. Ambulancias: Vehículos destinados a la asistencia de pacientes en situaciones de emergencia, que cuentan
con características técnicas de superficie, altura, potencia y suspensión adecuadas para realizar esta
labor y están dotadas de equipo de comunicaciones y sistema de balizas y sirenas.
2. Transporte Sanitario Simple: Transporte de pacientes en una ambulancia tripulada por un conductor y un
auxiliar de enfermería, sin vigilancia especializada ni equipamiento complejo, con asistencia mínima
constituida por la posición del paciente o el suministro de algún elemento de ayuda básica.
3. Transporte Avanzado: Aquel que se efectúa en una ambulancia cuya tripulación y equipamiento permiten
que actúe proporcionando soporte vital avanzado, tripulada por un médico, un técnico paramédico y un
conductor. Constituye, de acuerdo a su implementación, una unidad de tratamiento intensivo móvil, dirigida
por el médico reanimador y equipada con material de alta complejidad.
4. Reanimación Avanzada: Manejo de alta complejidad destinado a obtener una recuperación estable de la
perfusión tisular y del ritmo cardíaco. Comprende acciones como monitorización, desfibrilación, manejo
invasivo de la vía aérea, acceso vascular y soporte farmacológico.
5. Atención Domiciliaria: Modalidad de ejercicio de la medicina, en la cual el profesional se desplaza al
lugar en que se encuentra el paciente. Su desarrollo comporta la metódica habitual: anamnesis, examen
físico, hipótesis diagnóstica, prescripción y, según el caso, el comienzo de una terapia. Ella solamente
puede ser efectuada por médicos-cirujanos habilitados para el ejercicio de la medicina en el país.
3. Para cadaveres:
2.1. Descripción del Problema A través de visitas al aeropuerto internacional El Dorado de Bogotá, se realizó inspección ocular para establecer el procedimiento establecido para efectuar el transporte y la recepción de cadáveres, restos humanos y cadavéricos a nivel internacional; por otra parte, y para caracterizar la situación del resto de aeropuertos internacionales del país se sostuvo reuniones con la Aerocivil y representantes de las principales aerolíneas nacionales. Estos fueron los hallazgos más relevantes: La manipulación de este tipo de mercancías se realiza dentro de las instalaciones aeroportuarias, sin que exista un lugar acondicionado para ello, se da en sitios improvisados que pueden ser desde el patio de cargas hasta en el mismo vehículo fúnebre que ocasionan incomodidad a quienes realizan los procesos de inspección. Los diferentes funcionarios que participan en el manejo e inspección del cadáver hasta el medio de transporte aéreo no utilizan elementos de protección personal ni toman medidas de higiene y seguridad industrial.
Las técnicas embalsamamiento son diversas, se ha establecido que para la preparación por cada cuerpo se utilizan alrededor de 5 sustancias: Formol para retrazar el proceso de descomposición y como sustancia germicida; fenol como secante de tejidos; metanol como diluyente y estabilizante; glicerina para suavizar y humectar los tejido; y el hipoclorito para desinfectar. El formaldehído, el fenol y la glicerina dependiendo de las concentraciones empleadas pueden generen riesgos durante el transporte aéreo. En cuanto al embalaje, al no existir una estandarización de las condiciones y características del empaque, se han presentado accidentes por fragmentación o ruptura de los empaques. No hay una estandarización de los procedimientos de inspección, vigilancia y control, ni de los requisitos de documentación que deben exigirse.
Requisitos del Embalaje
Para garantizar condiciones adecuadas para el transporte internacional de cadáveres, es necesario que este sea embalado con materiales impermeables resistentes y absorbentes que impidan la filtración de líquidos y la generación de olores; y que descrito de adentro hacia fuera sería:
Un primer ataúd no reutilizable que está en contacto directo con el cuerpo, éste debe ser en material impermeable, a prueba de filtraciones de algún fluido corporal, que garantice un cierre hermético y sea resistente a la manipulación. Se considerará ataúd impermeable cualquier caja o recipiente, fabricado de cualquier materia, que pueda conservarse herméticamente sellado con materiales adhesivos de plástico o goma, revestimiento de metal o material semejante que haya sido soldado o fundido.
Un segundo ataúd de un material resistente, de fácil limpieza y desinfección, a prueba de filtraciones, que puede ser en madera.
Depositar un material absorbente entre el primero y el segundo ataúd que permita retener los líquidos que se puedan generar.
El embalaje deberá llevar un mecanismo que impida la presión de los gases hacia el exterior durante el transporte.
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